11 de noviembre de 2024
Con una resolución arbitraria y contraria a derecho, la Sala II de la Cámara de Casación Penal obstruye la posibilidad de justicia y agravia a las víctimas. Desde Abuelas presentamos un recurso ante la Corte Suprema para que se revoque.
Desde Abuelas de Plaza de Mayo repudiamos la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) que le devuelve la impunidad al represor Eduardo Alfonso, ex general de Brigada y ex secretario del Ejército, por el homicidio de Domingo Antonio García.
Alfonso ya había sido condenado en dos oportunidades por su participación en el operativo del 12 de enero de 1977 en el domicilio de la familia García-Recchia, en la localidad de Villa Adelina, zona norte del Gran Buenos Aires.
Según se estableció judicialmente, en aquel operativo, Beatriz Recchia –quien estaba embarazada– fue secuestrada por un grupo de personas perteneciente a las Fuerzas Armadas. Mientras tanto, Domingo Antonio García fue asesinado después de un enfrentamiento armado y luego sepultado como NN en el cementerio de Boulogne. En la vivienda se encontraba la hija del matrimonio, Juliana Inés, de 3 años de edad, que también fue privada de su libertad cuando capturaron a su madre y entregada horas más tarde a su abuela materna por personal de la comisaría de Villa Adelina.
Beatriz Recchia fue trasladada al centro clandestino “El Campito”, ubicado en Campo de Mayo, donde permaneció secuestrada en condiciones inhumanas, torturada, y donde dio a luz a la criatura que gestaba al momento de su secuestro. Beatriz Recchia continúa desaparecida.
Estos hechos fueron acreditados sobradamente en el primer tramo del juicio oral de la causa, donde fueron condenados Santiago Omar Riveros, Reynaldo Antonio Benito Bignone y Luis Sadi Pepa por el homicidio de García y el secuestro de su compañera y su hija. Alfonso no pudo ser juzgado junto con ellos porque permaneció prófugo desde mayo de 2012 al 29 de junio de 2016, de allí que hubo que esperar casi cuatro años más para terminar con su impunidad.
Tras años de evadir a la Justicia, Alfonso fue condenado en el año 2017 por las dos privaciones ilegales de la libertad agravadas y el allanamiento ilegal, imponiéndole la exigua pena de cuatro años de prisión. Fue absuelto por el homicidio de Domingo García y los tormentos padecidos por Beatriz Recchia.
Como resultado de los recursos de casación interpuestos por la querella de Juliana Inés García, Abuelas de Plaza de Mayo y la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio Público Fiscal (MPF), la Sala II de la CFCP –con distinta integración a la actual– dispuso la revisión de la absolución inicial de Alfonso y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento.
Alfonso fue condenado a las penas de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua el 3 de diciembre de 2020 por el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 1 de San Martín, siguiendo los lineamientos establecidos por la CFCP.
Ahora bien, el pasado 23 de octubre, en una decisión arbitraria, incongruente y sin fundamentos, la Sala II del CFCP hizo lugar parcialmente a un recurso interpuesto por la defensa del represor –similar a otros que le rechazó antes– y lo absolvió solamente por el asesinato de García, desconociendo el carácter de “cosa juzgada” del hecho.
Se trata de una resolución que ofrece una interpretación irrazonable de la prueba, que omite valorar los argumentos que planteamos oportunamente desde Abuelas y que planteó el MPF y que incumple las obligaciones y los deberes asumidos por el Estado argentino en materia de graves violaciones de derechos humanos.
Apartándose de la obligación de sancionar con penas adecuadas crímenes gravísimos, la Sala II del CFCP obstruye la posibilidad de justicia y agravia a las víctimas. Por tal motivo, presentamos un recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoque la resolución de la Sala II que deja impune a Alfonso por el homicidio de García y se dicte, por quien corresponda, una nueva sentencia conforme a derecho.
Fuente: Abuelas
Autor/a: Abuelas
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